Nuestra clienta tenía un contrato de arrendamiento para el uso y disfrute de una finca con el fin de celebrar su boda, para la cual había abonado 5000 euros en concepto de reserva. Sin embargo, debido a las restricciones derivadas del estado de alarma por la pandemia, la boda tuvo que ser cancelada, sin que la arrendadora ofreciera una fecha alternativa ni reintegrar el dinero de la seña.
El Juzgado estima íntegramente la demanda, al considerar acreditado que la imposibilidad de celebrar el evento fue consecuencia directa de las medidas adoptadas durante el estado de alarma, y en consecuencia condena a la demandada al pago de 500 euros más los intereses legales y costas.
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